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27 de Octubre de 2015

Atención organizaciones sociales: hasta el 22 de noviembre estarán abiertas inscripciones al Catastro de Organizaciones de Interés Público (COIP)

La inscripción –que puede hacerse en forma presencial o por internet- es un requisito para participar  en el concurso anual del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público, que solo durante el 2015 entregó más de mil 200 millones de pesos a organizaciones sociales de todo el país.

Un llamado a inscribirse en el Catastro de Organizaciones de Interés Público (COIP) formuló el Subsecretario General de Gobierno, Osvaldo Soto: “quiero informar a todos los dirigentes y dirigentas sociales del país que está abierto  el Catastro de Organizaciones de Interés Público. Este sencillo paso, por internet o en forma presencial, les permitirá ser parte del proceso de elección del Consejo Nacional y los Consejos Regionales del Fondo de Fortalecimiento, instancia que decide recursos para financiar proyectos para robustecer la labor de estas entidades territoriales”.

El Director de la DOS, Camilo Ballesteros, señaló por su parte que “hoy más que nunca, cuando Chile transita en la senda de importantes cambios sociales, se requiere de un tejido asociativo vigoroso, con ciudadanos dispuestos a participar para transformar. En ese sentido, quisiera hacer una invitación a todas las organizaciones sociales del país a inscribirse en el Catastro, no sólo para acceder al apoyo del Fondo de Fortalecimiento, sino también para que puedan formar parte de su consejo, y así incidir en el mejoramiento de este importante instrumento de apoyo a la sociedad civil”.

El Catastro de Organizaciones de Interés Público es una nómina actualizada de las organizaciones sociales que, por el solo hecho de estar inscritas, pueden participar  en el concurso anual del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público, quedurante el 2015 entregó más de mil 200 millones de pesos a las organizaciones sociales de todo el país.

Las organizaciones inscritas en el Catastro, además, pueden ser electas al directorio nacional y a los directorios regionales del Consejo Nacional del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público. Cabe destacar que son precisamente estos consejeros los que tienen la importante labor de administrar el Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público, que se ha consolidado como una importante fuente de financiamiento de proyectos e iniciativas de las organizaciones sociales de todo el país.

Organización de interés público es cualquier organización con personalidad  jurídica sin fines de lucro, cuya finalidad esté relacionada con la promoción del interés general de la ciudadanía, en materias de derechos ciudadanos, asistencia social, educación, salud y medio ambiente, en especial las que recurran al voluntariado y que esténinscritas en el Catastro.

En ese marco, las juntas de vecinos, las uniones comunales y las organizaciones comunitarias regidas por la Ley N° 19.418, como también  las organizaciones y comunidades indígenas regidas por la Ley N° 19.253, poseen la calidad de interés público por el solo ministerio de la ley.

Los únicos documentos que las organizaciones recién señaladas deben presentar al momento de su inscripción esel certificado de vigencia de personalidad jurídica actualizado (con una antigüedad no superior a seis meses) y el certificado que acredite el directorio de la organización (también con una antigüedad no superior a seis meses).

En el caso de otro tipo de personas jurídicas sin fines de lucro, tales como corporaciones, fundaciones y clubes deportivos, entre otras, para ser parte del Catastro deberán solicitar su inscripción al Consejo Nacional.

En el caso de estas organizaciones, la solicitud de inscripción deberá ser respaldada por una declaración jurada simple, en la cual el representante legal de la organización solicitante declare que ésta tiene la calidad de interés público. Dicha declaración deberá ser firmada por el representante legal de la organización.

También deberán presentar los estatutos de la entidad, la personalidad jurídica vigente y el certificado que acredite al directorio de la entidad, ambos con una antigüedad no mayor a los seis meses.

Respecto de estas últimas organizaciones, será el Consejo Nacional del Fondo el responsable de reconocer la calidad de interés público, además de realizar las inscripciones y eliminaciones correspondientes en el Catastro.

¿Dónde y cómo tramitar la solicitud de inscripción?

Para facilitar la inscripción al Catastro de todas las organizaciones del país, se encuentran operativas dos modalidades de inscripción:

Por internet,  en el link: http://fondodefortalecimiento.gob.cl/solicita-tu-inscripcion/ (donde se solicitará completar un formulario y adjuntar los documentos obligatorios), o en papel, remitiendo el formulario de inscripción y los documentos obligatorios a la Unidad de Fondos Concursables del Ministerio Secretaría General de Gobierno (Villavicencio #337, Santiago, Región Metropolitana), o a la Seremi de Gobierno correspondiente a cada región.

En caso de que a una organización se le rechazara la inscripción al catastro (porque la solicitud de inscripción  está defectuosa o le falten los antecedentes señalados), esta será notificada en un plazo de 30 días contados desde la presentación de la solicitud. La organización tendrá 10 días hábiles para subsanar las observaciones y completar los documentos faltantes.

Más información en: www.fondodefortalecimiento.gob.cl o al correo electrónico: catastro.oip@msgg.gob.cl

Comunicaciones DOS