Comenzó la restricción vehicular: sepa cuándo debe dejar el auto en casa
El Ministerio de Transportes dio a conocer el calendario de restricción vehicular para la capital, en el marco del Plan de Descontaminación Metropolitano, que busca reducir las emisiones contaminantes durante el invierno.
Desde el 1 de mayo y hasta el 31 de agosto se aplicará la restricción vehicular 2020, que por tercer año consecutivo involucra a vehículos con sello verde (catalíticos) con fecha de inscripción anterior a septiembre de 2011.
La medida establece que se aplicará una restricción de dos dígitos diarios en el perímetro interior del anillo Américo Vespucio, de lunes a viernes entre las 7: 30 y las 21 horas, e involucrará diariamente a 220 mil autos, el equivalente al 10% del parque automotriz de la Región Metropolitana.
En caso de decretarse una pre-emergencia o emergencia ambiental, se informarán los dígitos adicionales que se restringirían. Para ello se utilizarán todos los canales informativos y redes sociales del Ministerio de Transportes.
En el sitio del Ministerio de Transportes dedicado a la restricción, los automovilistas pueden solicitar permisos para circular, a pesar de que su vehículo sea anterior al 2011, y además está el calendario detallado para motos, camiones y autos.
Calidad del aire
El Seremi de Transportes, Eddy Roldán, señaló que: “la medida busca proteger la calidad del aire, principalmente pensando en nuestros niños, adultos mayores y personas con mayor vulnerabilidad, lo que cobra más sentido este año dada la pandemia que estamos viviendo”.
En tanto, el Director de la División de Organizaciones Sociales, Jorge Fuentes, destacó que el cumplimiento de la medida beneficiará a toda la ciudadanía. “Respetar las normas que velan por el bien común son la base de la vida en sociedad, y en estos momentos de emergencia sanitaria es primordial que la población siga las instrucciones que la autoridad establece para que entre todos salgamos adelante”, señaló.
Atención con las excepciones
Algunos vehículos quedan liberados de restricción como: los policiales, de emergencia, furgones escolares, ambulancias, a gas, eléctricos o híbridos, de recolección de basura, taxis, diplomáticos, coches mortuorios y pertenecientes a canales de televisión que se encuentren debidamente equipados con antenas transmisoras para realizar contactos en directo.
Fuente: Ministerio de Transportes.