Ministerio Secretaría General de Gobierno convoca a elección de Consejo de la Sociedad Civil
En el proceso podrán participar juntas de vecinos, organizaciones comunitarias, corporaciones, fundaciones, asociaciones, ONGs, organizaciones de la diversidad y otras entidades sin fines de lucro.
En el marco de la implementación de la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana y de acuerdo al Instructivo 007 de Participación Ciudadana firmado por la Presidenta Michelle Bachelet, el Ministerio Secretaría General de Gobierno convoca a elección para consejeros del Consejo de la Sociedad Civil.
El Consejo de la Sociedad Civil es un órgano colegiado, de carácter consultivo, compuesto por representantes de las organizaciones de la sociedad civil, sin fines de lucro, relacionadas con las políticas, servicios, programas o planes ejecutados por el Ministerio Secretaria General de Gobierno.
El Consejo estará compuesto por 12 Consejeros. Podrán ser candidatos aquellos miembros de las organizaciones que sean postulados.
En la elección podrán votar organizaciones sociales regidas por la Ley N° 19.418, “Sobre Juntas de Vecinos y Demás Organizaciones Comunitarias”; Corporaciones, Fundaciones, Asociaciones u ONG’s de Desarrollo cuyo trabajo tenga relación o se realice a través del voluntariado; Organizaciones Sociales de la Diversidad e inclusión, y Medios de Comunicación u Organizaciones que agrupen a estos, siempre que cumplan con la calidad de ser sin fines de lucro.
Los consejeros serán electos según la siguiente proporción: tres consejeros representantes de las organizaciones territoriales regidas por la Ley N° 19.418; tres representantes de las organizaciones funcionales regidas por la Ley N° 19.418; dos representantes de Corporaciones, Fundaciones, Asociaciones u ONG’s de desarrollo cuyo trabajo tenga relación o se realice a través del voluntariado; dos representantes de medios de comunicación u organismos que los agrupen, sin fines de lucro, y dos representantes de las organizaciones sociales de la diversidad y/o inclusión.
Inhabilidades
No podrán ser consejeros todas las personas a quienes afecte alguna de las condiciones que a continuación se señalan:
- Ser funcionario del Ministerio Secretaría General de Gobierno.
- Tener la calidad de autoridad de Gobierno.
- Ostentar un cargo de elección popular.
- Haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva.
Más información en: http://www.msgg.gob.cl/consejodelasociedadcivil/